Corte Constitucional tumbó el trámite de reparto notarial

La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó el artículo 86 del Plan de Desarrollo 2018-2022 que fijó las reglas de juego para hacer el reparto notarial, al establecer que se trata de un asunto que no está ligado a las metas y estrategias del plan del gobierno de Iván Duque.

Así, por falta de unidad de materia, con el resto del contenido del plan, el alto tribunal declaró inconstitucional este reparto luego de estudiar una demanda.

“La reforma al trámite de reparto notarial no guarda una relación directa ni inmediata con los objetivos, metas y estrategias previstas en el plan nacional de desarrollo, contenido en la Ley 1955 de 2019, en particular, con el pacto estructural de legalidad y las líneas que lo desarrollan sobre legalidad de la propiedad en el documento ‘Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022’”, dijo la Corte.

El alto tribunal dijo que “se trata de una norma que regula un tema operativo, que carece de carácter planificador respecto de los objetivos, metas y estrategias previstos en la ley del plan nacional de desarrollo y que reforma de manera permanente el ordenamiento jurídico”.

El artículo que se cayó decía que para casos sobre propiedad horizontal, constitución o levantamiento de gravámenes, adquisición o trasferencia del derecho de propiedad y adquisición o transferencia de inmuebles en donde comparezcan las entidades financieras del Estado de orden nacional que otorguen o que otorgaron el crédito para la adquisición de vivienda, el reparte se debía hacer “eficientemente” cuando “en el círculo de que se trate haya más de una notaría”, para no dar privilegios a favor de ningún notario.

FUENTE: ELTIEMPO.COM

https://www.eltiempo.com/justicia/cortes/corte-constitucional-tumbo-el-tramite-de-reparto-notarial-658967

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